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Contestación Requerimiento OMIC

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Contestación Requerimiento OMIC

1.      OBJETO DEL PROCEDIMIENTO.

Aportación por parte del establecimiento ante el que se haya interpuesto una reclamación en materia de consumo, de la contestación a la misma y de la documentación que considere oportuna adjuntar.

 

2.      PESONAS INTERESADAS.

Personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos a las que vaya dirigida la reclamación, y que deberán estar a lo previsto en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sobre la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con éstas.

 

3.      DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.

La relacionada con la reclamación recibida, y que estimen procedente para la defensa de sus intereses.

 

4.      CONTACTO.

OMIC de la Mancomunitat l´Horta Nord

  •   Correo electrónico: omic@mhnord.es
  •   Teléfono de contacto: 96 144 44 00 – opc. 2

 

5.      NORMATIVA.

 

  •   Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  •   Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la cual se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.
  •   Real decreto legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  •   Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la cual se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios.
  •   DECRETO LEGISLATIVO 1/2019, de 13 de diciembre, del Consejo, de aprobación del texto refundido de la Ley del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias de la Comunidad Valenciana.[2019/12326].
  •   Ley 1/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat, por la cual se aprueba el Estatuto de Consumidores y Usuarios de la Comunidad Valenciana.

   

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
Mancomunitat l'HORTA NORD - P4600016B
C/Collidors, 3
46139 La pobla de farnals (Valencia)
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